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El derecho a la vida privada, es un derecho humano, establecido en el Artículo doce de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que señala, Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su correspondencia, ni de ataques a su honra o su reputación.
Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. El derecho humano de la vida privada, tiene su fundamento, entre otras fuentes, en el "respeto a la persona humana", en el "principio de dignidad de la persona humana", en el "principio de inviolabilidad de la persona humana" y en la sentencia del filósofo alemán Immanuel Kant de que "los seres humanos constituyen fines en si mismos y no pueden ser usados solo como medios de otras personas".
Esta máxima del filósofo Kant, es precisada por el principio de que "no se usa a un ser humano como medio en provecho de otras personas, ni tampoco se interfiere en forma ilegitima con los proyectos que tenga para su vida, si es que un gravamen, imposición o restricción a que se sujeta tiene como sustento su consentimiento". Sin embargo hay que señalar que los derechos humanos tienen como característica el ser irrenunciables, es decir nadie podría renunciar a el derecho humano de tener vida privada, para no tener más ese derecho humano. Toda persona, no importando quien sea, tiene derecho a tener vida privada, porque es un derecho humano que le pertenece por el hecho de ser persona humana, y por lo tanto debe ser respetado como tal por todas las personas y por el Estado.
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