|
Encontramos leyes sobre privacidad en la comunicación y en Internet como, la Ley, del veinticuatro de Abril, General de Telecomunicaciones, dónde se regulan, las obligaciones de servicio público, que se imponen a los explotadores de redes públicas, y prestadores de servicios de telecomunicaciones disponibles para el público, garantizando así la protección del interés general en un mercado liberalizado. Se incluyen, entre otras, disposiciones de los datos personales y el cifrado, dirigidas, todas ellas, a garantizar técnicamente los derechos fundamentales constitucionalmente reconocidos.
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE 14-12-1999) (LOPD), resulta de la aplicación a todos los datos de carácter personal, entendidos como “cualquier información concerniente a personas físicas identificadas e identificables”, que sean susceptibles de tratamiento automatizado, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado. Para “garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar”, que constituye el objeto de la Ley, ésta recoge una serie de medidas de obligado cumplimiento para todas las empresas y entidades públicas que dispongan de bases o ficheros informáticos con datos de carácter personal.
|